30 € a 328 € tasa municipal por la misma ceremonia civil Datos de 2026 Cinco ordenanzas fiscales municipales consultadas el 17/09/2026

Cuánto cuesta casarse por lo civil, ante notario o por la iglesia

Ante el juez no hay tasa. Cinco ayuntamientos publican de 30 € a 328 € por el mismo acto, y la notaría es la única ruta sin precio publicado. Datos con fecha.

Actualizado el 17 de septiembre de 2026 13 min de lectura
Ilustración de un juzgado, un ayuntamiento, una notaría y una iglesia, cada uno sobre una barra de distinta altura, como un gráfico del coste de casarse por cada vía

Casarte por lo civil ante el juez o ante el encargado del Registro Civil no tiene tasa: la ceremonia en sí no se cobra. En cuanto cambias de ventanilla, el número se dispara. Por la misma firma, el mismo día, con los mismos testigos, cinco ayuntamientos españoles publican hoy cuotas que van de 30 € a 328 €. Y la ruta de la que más se habla en internet, la notaría, es la única de las cuatro que no tiene un precio publicado en ningún sitio.

Sin tasa la ceremonia ante el juez o el Registro Civil
30 € a 328 € la tasa municipal en cinco ordenanzas consultadas el 17/09/2026
Sin precio publicado la ruta de la notaría
60 €, 200 € o 225 € el donativo orientativo por la iglesia Toledo, Granada y Sevilla

Este estudio no es una encuesta ni una media del sector. Es un recuento de lo que las fuentes oficiales publican: cinco ordenanzas fiscales municipales, el Arancel de los Notarios del BOE, tres decretos diocesanos y la Ley del Registro Civil. Cada cifra lleva su fecha, su ámbito y el documento del que sale. Lo que no está publicado se dice que no está publicado.

Las cuatro rutas, una al lado de otra

RutaQuién te casaQué se paga por la ceremoniaQué no está incluido
Juzgado / Registro CivilLetrado de la Administración de Justicia o encargado del Registro CivilSin tasaEl expediente previo, que es un trámite aparte
AyuntamientoEl alcalde o el concejal en quien delegueTasa municipal donde el ayuntamiento la haya aprobado: de 30 € a 328 € en las cinco ordenanzas revisadasEl expediente previo. En León, además, el IVA
NotaríaEl notario o notaria que elijasSin importe publicado. El arancel fija los conceptos, no un precio de bodaSon dos documentos distintos, el acta previa y la escritura, y ambos se cobran
IglesiaEl párroco o el sacerdote autorizadoNo es un precio: es un donativo orientativo fijado por decreto. 60 €, 200 € o 225 € según la provincia eclesiásticaTasas de expediente, licencias si te casas en otra iglesia, flores, música

Tres cosas saltan a la vista de esa tabla.

La primera es que la horquilla no la marca el lujo de la boda, la marca el código postal. La segunda es que la ruta más barata sobre el papel, el juzgado, es la de la que menos se habla. Y la tercera es la rareza real de este mercado: el notario, que es quien más aparece en los resultados de búsqueda, es el único que no puede decirte cuánto cuesta hasta que te sientes con él.

  1. Expediente o acta previa un trámite aparte, con su propia ventanilla
  2. Celebración juzgado, ayuntamiento, notaría o iglesia
Casarse son dos trámites, no uno.

Cómo está hecho este estudio

Todo lo que hay debajo se descargó el 17 de septiembre de 2026 del organismo que lo publica, no de un blog que lo cita.

  • Ayuntamientos: cinco ordenanzas fiscales reguladoras de la tasa por celebración de matrimonios civiles, obtenidas de la sede o del portal del propio ayuntamiento. Cada una se cita con la fecha que lleva el texto.
  • Notarías: el texto consolidado del Real Decreto 1426/1989, por el que se aprueba el Arancel de los Notarios, tal y como lo publica el BOE, más las páginas de expedientes matrimoniales de dos colegios notariales.
  • Iglesia: los decretos de tasas y de ofrendas de tres provincias eclesiásticas, publicados por diócesis de cada una.
  • Ley: el texto consolidado de la Ley 20/2011, del Registro Civil.

Y esto es lo que no vas a encontrar aquí, porque no se puede sostener con esas fuentes:

  • Una media nacional de la tasa municipal. Cinco ordenanzas son cinco ordenanzas. España tiene más de ocho mil municipios y cada uno decide por su cuenta. Calcular una media con cinco datos sería inventarse un número con aspecto de dato.
  • Una factura de notaría. Ni el arancel ni los colegios notariales publican el total de una boda. Te damos los conceptos publicados y el motivo por el que nadie suma.
  • Una cifra de iglesia fuera de las tres provincias revisadas. Cada provincia eclesiástica aprueba las suyas.
  • Plazos para conseguir fecha. No hay ninguna estadística pública de cuánto se tarda. Quien te dé un “de tres a seis meses” se lo está inventando o está contando su caso.

Juzgado y Registro Civil: la ceremonia no tiene tasa

La lista de quién puede casarte está en el artículo 58.1 de la Ley 20/2011, y es más larga de lo que la gente cree:

El matrimonio en forma civil se celebrará ante el o la Alcalde o Concejal en quien este delegue, letrado o letrada de la Administración de Justicia, notario o notaria, o personal funcionario diplomático o consular Encargado o Encargada del Registro Civil.

Cuatro puertas, y solo una de ellas está autorizada por ley a cobrarte una tasa por la celebración. Si te casa el letrado de la Administración de Justicia o el encargado del Registro Civil, no hay ordenanza fiscal que aplicar ni arancel que devengar: el acto es un servicio público sin tasa asociada. Lo mismo pasa después con el papel que lo acredita: el certificado de matrimonio es gratis.

Ahora, la letra pequeña que casi nadie separa bien. Casarse son dos trámites, no uno. El artículo 58.2 lo deja escrito: la celebración exige tramitar antes un acta o un expediente que acredite que no hay ningún impedimento para casarte. Ese paso previo va por su cuenta, tiene su propia ventanilla y, según por dónde lo lleves, su propio coste. Cuando en un foro alguien dice que se casó “gratis” y otro contesta que pagó, casi siempre están hablando de trámites distintos. El papeleo del expediente tiene sus propias reglas y no es el objeto de este estudio: lo tienes paso a paso en el expediente matrimonial y sus documentos.

Ayuntamiento: de 30 € a 328 € por el mismo acto

Los ayuntamientos pueden cobrar porque una disposición de la Ley del Registro Civil les abrió la puerta. La disposición final quinta de la Ley 20/2011 añadió un apartado al artículo 20 de la Ley reguladora de las Haciendas Locales con este texto:

Los Ayuntamientos podrán establecer una tasa para la celebración de los matrimonios en forma civil.

Fíjate en el verbo: podrán. No “establecerán”. Esa palabra es la razón de que el mismo acto cueste 30 € en un municipio valenciano de doce mil habitantes y 328 € en otro de la misma provincia. No hay tarifa estatal, no hay suelo y no hay techo.

Esto es lo que publican cinco ayuntamientos, con la fecha que lleva cada texto:

AyuntamientoCuota publicadaFecha del texto
Sagunto (Valencia)328,00 € en dependencias municipales · 196,00 € en dependencias no municipalesTexto consolidado actualizado a 01/01/2026
León200 € mañana y 250 € tarde para empadronados · 250 € y 300 € para no empadronados, IVA aparteOrdenanza publicada por el Ayuntamiento, texto con firma de 2013
Cartagena (Murcia)211,55 € por servicio en dependencias municipalesOrdenanza fiscal número 10 publicada por el Ayuntamiento; el texto publicado no lleva año
Madrid120 €, y solo por casarse en sábadoOrdenanza fiscal de 21 de diciembre de 2012
Sedaví (Valencia)30 € por servicioOrdenanza en vigor desde el 01/01/2005, con actualización anual por IPC prevista en el propio texto
  1. 30 € Sedaví (Valencia)
  2. 120 € Madrid, y solo por casarse en sábado
  3. 200 € León, mañana, empadronados
  4. 211,55 € Cartagena (Murcia)
  5. 328 € Sagunto (Valencia), en dependencias municipales
Las cuotas publicadas por cinco ayuntamientos, de menor a mayor.

Dentro de esa tabla hay tres detalles que cambian la factura y que ninguna comparativa suele contar.

El sitio importa más que el día.

En Sagunto la cuota baja de 328 € a 196 € si la ceremonia se celebra en dependencias no municipales. Casarte en el salón de plenos es la opción cara, no la barata.

La conclusión práctica es aburrida y ahorra dinero. Antes de fijar nada, busca la ordenanza fiscal de tu ayuntamiento por su nombre completo, “tasa por la celebración de matrimonios civiles”, y mira la cuota, el horario y si distinguen por empadronamiento. Diez minutos de lectura pueden valer doscientos euros, y es la misma lógica de mirar los números antes de decidir que aplicamos al coste total de una boda.

Notaría: la única ruta sin precio publicado

Aquí está el hallazgo. Si abres el Arancel de los Notarios, el Real Decreto 1426/1989 en su texto consolidado, y buscas una línea que diga “celebración de matrimonio”, no la vas a encontrar. No existe. Lo que el arancel publica son conceptos generales, y estos son los importes tal y como aparecen en el Anexo I:

Concepto del arancelImporte publicado
Actas (Número 1.1.c)36,060726 €
Demás documentos: estado civil, emancipación, reconocimiento de filiación (Número 1.1.h)30,050605 €
Copias autorizadas, por folio (Número 4.1)3,005061 €
Copias simples, por folio (Número 4.2)0,601012 €
Folios de matriz, desde el quinto inclusive, por cara escrita (Número 7)3,005061 €
Salida de la notaría, por hora o fracción, en el mismo término municipal (Número 6.3)18,030363 €
Salida de la notaría fuera del término, en festivo, de guardia o fuera de horario24,040484 €

Los decimales no son una errata: son pesetas convertidas a euros en 2001 y nunca redondeadas. Es la misma lista que fija 30,050605 € para la escritura de capitulaciones matrimoniales.

Que los conceptos estén publicados no significa que el total lo esté, y la profesión lo dice con todas las letras. El Colegio Notarial de Madrid contesta así a la pregunta de cuánto cuesta:

El EXPEDIENTE MATRIMONIAL es un documento denominado ACTA y su precio dependerá de la documentación que sea necesario aportar. El notario que tramite su EXPEDIENTE MATRIMONIAL le dirá cuál es el coste.

Y el Colegio Notarial de Andalucía añade el matiz que más veces se pasa por alto:

Se trata de dos trámites diferentes y ambos tienen un coste.

O sea: el acta previa se paga, la boda se paga, pueden ser dos notarios distintos, y encima al arancel hay que sumarle el IVA. Por eso las cifras que circulan por foros y blogs para esta ruta se contradicen tanto entre sí. No es que unos mientan: es que cada expediente lleva una documentación distinta y cada escritura tiene un número de folios distinto.

Hay un detalle más que explica el desorden. La propia Ley 20/2011, en su disposición final quinta bis, ordenó al Gobierno aprobar un arancel específico para esto:

El Gobierno aprobará los aranceles correspondientes a la intervención de los Notarios en la tramitación de las actas matrimoniales previas y por la celebración de matrimonios en forma civil con la autorización de las escrituras públicas correspondientes.

Mientras ese arancel específico no aparezca publicado, la única respuesta honesta a “cuánto cuesta casarse en el notario” es la que da el propio colegio: pregúntalo en la notaría y pide el desglose por escrito, concepto a concepto, antes de dar fecha. Cómo se piden el acta y la boda, paso a paso, lo tienes en casarse ante notario.

Iglesia: no es un precio, es un donativo orientativo

La boda por la iglesia, el 16,4 % de las que se celebraron en 2024, no tiene tarifa nacional, y no la tiene por escrito y a propósito. Lo que existe son decretos de cada provincia eclesiástica que fijan cantidades orientadoras o indicativas para las ofrendas de los fieles. Esto es lo que publican tres de ellas:

Provincia eclesiásticaMatrimonioExpedienteVigencia según el decreto
Granada (Granada, Almería, Cartagena, Guadix, Jaén y Málaga)200 €25 € en la curia · 35 € en la parroquiaEn vigor desde el 1 de junio de 2024, para el trienio 2024-2027
Sevilla225 €30 € en la curia · 40 € en la parroquia · 60 € de licencia para casarte en una iglesia que no es la tuyaTasas aprobadas el 4 de noviembre de 2021
Toledo60 € de estipendio15 € de expediente matrimonialPublicado el 8 de marzo de 2018

El decreto de la provincia de Granada explica el encuadre mejor que cualquier resumen, así que va literal:

se evitará la más pequeña apariencia de negociación o comercio, dejando claro que no es un precio a pagar, como si se tratara de un impuesto a los sacramentos.

Y el mismo texto cierra la puerta a la lectura de tarifa:

ninguno de los fieles quedará privado de servicios parroquiales, en igual forma que a todos, por su situación de pobreza.

En la práctica, eso significa dos cosas. Que la cantidad de la tabla es la referencia que tu parroquia tiene aprobada, no una factura. Y que la parroquia concreta puede sumar conceptos que no salen en el decreto, como las flores, la música o la limpieza, que se contratan aparte y con quien tú quieras.

Lo que ninguna de estas cifras incluye

Todo lo anterior es la ceremonia. Nada más que la ceremonia.

No entra el banquete, ni el fotógrafo, ni el vestido, ni las flores, ni la música, ni el transporte de los invitados. Esas partidas son las que mueven el presupuesto de verdad, y las tenemos desglosadas y fechadas en cuánto cuesta una boda en España, con lo que cobra un fotógrafo en su propio estudio.

Tampoco entra el papeleo previo. El expediente o acta matrimonial es un trámite aparte, con su propia ventanilla y sus propios plazos, y no lo cubrimos aquí. Ni la pregunta de antes, la de si casarte o haceros pareja de hecho: esa la contestamos en matrimonio o pareja de hecho.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cuesta casarse por lo civil en España?

La ceremonia ante el letrado de la Administración de Justicia o el encargado del Registro Civil no tiene tasa. Si te casa el ayuntamiento, pagas la tasa que ese municipio tenga aprobada en su ordenanza fiscal: en las cinco ordenanzas revisadas el 17/09/2026 va de 30 € en Sedaví a 328 € en Sagunto. No hay tarifa estatal.

¿Cuánto cuesta casarse en el notario?

No hay un precio publicado. El Arancel de los Notarios no tiene una línea de “celebración de matrimonio”: fija conceptos como las actas, 36,060726 €, o los demás documentos, 30,050605 €, más folios, copias e IVA. Además son dos trámites que se cobran por separado, el acta previa y la boda. El Colegio Notarial de Madrid remite directamente al notario asignado para saber el coste.

¿Cuánto cuesta casarse por la iglesia?

No es un precio, es un donativo orientativo fijado por decreto de cada provincia eclesiástica. Los tres decretos revisados fijan 60 € en la provincia de Toledo (2018), 200 € en la de Granada (en vigor desde junio de 2024) y 225 € en la de Sevilla (2021). Los decretos dicen expresamente que nadie queda sin servicio parroquial por no poder pagar.

¿Por qué mi ayuntamiento cobra y el del pueblo de al lado no?

Porque la ley lo deja opcional. La disposición final quinta de la Ley 20/2011 dice que los ayuntamientos “podrán” establecer una tasa para la celebración de matrimonios en forma civil. Cada pleno decide si la aprueba y por cuánto, y por eso conviven el 0 € y los 328 €.

¿Es más barato casarse entre semana?

Depende del municipio, y el caso de Madrid lo demuestra: allí la tasa de 120 € grava la celebración en sábado. En León el corte no es el día sino el turno, 200 € por la mañana y 250 € por la tarde para empadronados. Mira el cuadro de tarifas de tu ordenanza antes de elegir hora.

¿La tasa del ayuntamiento incluye algo más que la ceremonia?

En las ordenanzas revisadas, no. Cubren el servicio de celebración, y varias distinguen por sala: Sagunto cobra 328 € en dependencias municipales y 196 € fuera de ellas. La decoración, las flores o la música van por tu cuenta, y tienes ideas para montarla en decoración de boda civil.


Metodología y actualización. Las cifras de este estudio proceden de ordenanzas fiscales municipales, del texto consolidado del Arancel de los Notarios publicado en el BOE, de decretos de tres provincias eclesiásticas y de la Ley 20/2011 del Registro Civil. Todas las fuentes se consultaron y descargaron el 17 de septiembre de 2026. Revisamos esta página una vez al año, porque las ordenanzas municipales se actualizan con los presupuestos y los decretos diocesanos se aprueban por trienios.

Datos comprobados el 17/09/2026.

Fuentes

Cada dato del artículo enlaza con la fuente y la fecha en que lo comprobamos.

  1. BOE · Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil (texto consolidado) 17 de septiembre de 2026
  2. BOE · Real Decreto 1426/1989, Arancel de los Notarios (texto consolidado) 17 de septiembre de 2026
  3. Ajuntament de Sagunt · Ordenanza fiscal de la tasa por matrimonios civiles (consolidada a 01/01/2026) 17 de septiembre de 2026
  4. Ayuntamiento de León · Ordenanza fiscal de la tasa por celebración de matrimonios civiles 17 de septiembre de 2026
  5. Ayuntamiento de Cartagena · Ordenanza fiscal nº 10, matrimonios civiles y parejas de hecho 17 de septiembre de 2026
  6. Agencia Tributaria Madrid · Tasa por la celebración en sábado de matrimonios civiles 17 de septiembre de 2026
  7. Ajuntament de Sedaví · Ordenanza fiscal de la tasa por matrimonios civiles 17 de septiembre de 2026
  8. Diócesis de Málaga · Tasas y estipendios de la Provincia Eclesiástica de Granada (vigor 01/06/2024) 17 de septiembre de 2026
  9. Diócesis de Asidonia-Jerez · Tasas de la Provincia Eclesiástica de Sevilla 17 de septiembre de 2026
  10. Obispado de Sigüenza-Guadalajara · Nuevas tasas de servicios de Curia y de aranceles parroquiales 17 de septiembre de 2026
  11. Colegio Notarial de Madrid · Expedientes matrimoniales 17 de septiembre de 2026
  12. Colegio Notarial de Andalucía · Expedientes matrimoniales 17 de septiembre de 2026

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